Por Edgardo Quintanilla (*)
LOS ÁNGELES – Como abogado de ley migratoria en los Estados Unidos que vivió hasta 1972 en El Salvador, no me sorprendí al leer la noticia en ContraPunto que un juzgado en San Salvador el 9 de enero de 2012, a insistencia y pedido de la fiscalía salvadoreña, había decidido dar por sobreseído cualquier enjuiciamiento en contra de Joaquín Villalobos y Jorge Meléndez, dos de los presuntos partícipes y testigos presenciales de la desaparición y asesinato del poeta revolucionario Roque Dalton (1935-1975) en mayo de 1975, cuando este hombre nacido en El Salvador de padre estadounidense (por quién era elegible para la ciudadanía estadounidense) y madre salvadoreña fue hecho prisionero de guerra por el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), en ese momento en una lucha armada en contra del gobierno salvadoreño, luego fue golpeado (torturado) por uno ó más miembros del ERP que lo vieron como agente de la CIA (una agencia de los Estados Unidos vista como enemiga del ERP), y luego fue extrajudicialmente desaparecido ó matado por un miembro ó miembros del ER. Ver Gerardo Arbaiza, “Juez exonera a acusados en caso Dalton”, ContraPunto, 9 de enero de 2012.
Antes de seguir hablando sobre la justicia malparida salvadoreña, hay que mencionar que la actual Primera Dama de El Salvador, Vanda Pignato, de origen brasileño llegó a El Salvador durante la Guerra Civil (1979-1992) y se hizo amiga de Joaquín Villalobos, uno de los cinco principales comandantes del FMLN durante dicha guerra. Ver Edgardo Quintanilla, “The Brazilian First Lady of El Salvador”, Brazzil.com (May 31, 2009). Villalobos ha llegado a ser asesor del presidente mexicano Felipe Calderón en la guerra en contra del narco-tráfico. Ver Luis Hernández Navarro, “Joaquín Villalobos, el intelectual del calderonismo”, ContraPunto, 27 de enero de 2010. En dicha guerra, del 2006 al 2011, por lo menos 50,000 personas han muerto. Ver Tracy Wilkinson, “Government withheld data from public on drug wars”, L.A. TIMES, (Jan. 12, 2012).
Jorge Meléndez, el otro presunto testigo o partícipe del asesinato de Dalton por el ERP, es un alto funcionario del gobierno salvadoreño y lidera la secretaría que trata de asuntos de “vulnerabilidad” para el gobierno salvadoreño. Ver Arbaiza, supra. A pesar de la queja interpuesta por los hijos de Dalton a la fiscalía salvadoreña en mayo de 2010, el presidente efemelenista Mauricio Funes no ha destituido a Meléndez.
ContraPunto reportó que la fiscalía salvadoreña no exigió una investigación exhausta del asesinato de Dalton, sino que pidió el sobreseimiento describiendo el hecho como un crimen común y corriente. Ver Arbaiza, supra. La fiscalía hizo ver que el sobreseimiento es requerido porque El Salvador no ha firmado el tratado internacional del Estatuto de Roma que estableció una Corte Penal Internacional. Ver Arbaiza, supra.
El Departamento de Estado de los Estados Unidos en su reporte de los derechos humanos del 2011 describe al sistema judicial salvadoreño como débil. La posición legal de la fiscalía salvadoreña en el caso Dalton es errónea porque hizo caso omiso de la relevancia de otros tratados internacionales que aplican al caso Dalton.
Primero, el ERP presuntamente mató a Dalton acusándolo de espía de la CIA (una agencia de los Estados Unidos). Al haber eliminado a un presunto agente de un gobierno con el cual el ERP estaba en guerra, Dalton era un “prisionero de guerra” para quien el artículo III de la Convención de Ginebra era aplicable. El Salvador firmó dicho tratado de ley internacional el 17 de junio de 1953. Dicho artículo III prohíbe la ejecución sumaria para un prisionero de guerra en El Salvador.
Segundo, el ERP (uno de los fundadores del FMLN) presuntamente maltrató a Dalton mientras era prisionero de guerra antes de matarlo, haciendo uso de acusaciones falsas de que era agente de la CIA. Dicho maltrato fue indiscutiblemente una tortura. El 17 de junio de 1996 El Salvador aceptó legalmente el tratado internacional de la Convención en Contra de la Tortura (CAT). El CAT aplica al caso Dalton en El Salvador.
Tercero, el ERP presuntamente le quitó a Dalton la libertad de movimiento para enjuiciarlo extrajudicialmente, no sólo habiéndolo hecho un prisionero de guerra, pero usándolo como rehén—la vida de Dalton a cambio que revelara para quién en verdad trabajaba, ¿la CIA?, ¿Cuba?. El 12 de febrero de 1981, El Salvador aceptó estar regido por la Convención en Contra de Tomar Rehenes. Dicho tratado de ley internacional aplica al caso Dalton en El Salvador.
Bajo la aplicación de estos tratados internacionales, el asesinato de Dalton no fue un crimen común y corriente y el paso de los años no lo sobresee. Mínimamente la fiscalía salvadoreña debió haber reconocido la necesidad imperiosa de una investigación exhaustiva de Villalobos y Meléndez en el caso Dalton. A eso viene a cuenta Natalie Wood (1940-1981).
A finales de 2011 la oficina del Sheriff de Los Ángeles decidió reabrir el caso de la famosa actriz californiana para investigarlo nuevamente y determinar si había nuevas pruebas que cambiaran la opinión que ella murió por accidente. La investigación continua para saber si hay nuevas pruebas que podrían caracterizar su muerte como un crimen mientras regresaba por yate de la isla Catalina a Los Ángeles con su esposo, Richard Wagner, otro famoso actor, y Christopher Walken, otro famoso actor compañero de la película final que hizo. Bajo la ley penal en California, un homicidio en California nunca es sobreseído.
(*) Abogado de ley migratoria y columnista de ContraPunto